Es la máxima autoridad municipal. Preside las sesiones del Pleno y de la Junta de Gobierno. Asume la dirección del equipo de gobierno.
Es el órgano colegiado de máxima representación política de los ciudadanos en el gobierno municipal. Está integrado por los concejales electos y presidido por el alcalde.
Previsión de reuniones: el último jueves de cada mes a las 19.30 h.
Funciones:
Es un órgano colegiado de administración y decisión del Ayuntamiento. Bajo la presidencia del alcalde, está integrada por los concejales designados por él. Su función es apoyar al alcalde y ejercer las competencias delegadas por éste.
Previsión de reuniones: todos los miércoles a las 9.30 h.
Según el artículo 127 de la Ley 7/85 Reguladora de las Bases de Régimen Local. Atribuciones de la Junta de Gobierno Local corresponde a la Junta de Gobierno Local: La aprobación de los proyectos de ordenanzas y de los reglamentos, incluidos los orgánicos, con excepción de las normas reguladoras del Pleno y sus comisiones.